Realizar las operaciones de producción y manejo animal y/o de productos animales ecológicos, así como las de implantación, aprovechamiento, mantenimiento y recolección de cultivos herbáceos y pastos, en una explotación ganadera ecológica, aplicando criterios de calidad, sostenibilidad y rentabilidad, cumpliendo con la legislación de producción ecológica, de control de calidad y de prevención de riesgos laborales vigentes.
Ejecutar el proceso de producción y manejo del ganado avícola y cunícula de forma intensiva, conforme la normativa vigente y especificaciones técnicas, para producir de la forma más optimizada posible aves para cría, recría y reposición, aves para producción cárnica (broilers), producción de huevos, gazapos y conejos para reposición y producción cárnica, atendiendo a criterios de bienestar animal, prevención de riesgos laborales, protección del medio ambiente y seguridad alimentaria.
Ejecutar el proceso de producción y manejo del ganado avícola y cunícula de forma intensiva, conforme la normativa vigente y especificaciones técnicas, para producir de la forma más optimizada posible aves para cría, recría y reposición, aves para producción cárnica (broilers), producción de huevos, gazapos y conejos para reposición y producción cárnica, atendiendo a criterios de bienestar animal, prevención de riesgos laborales, protección del medio ambiente y seguridad alimentaria.
Ejecutar el proceso de producción y manejo del ganado porcino de forma intensiva, conforme la normativa vigente y especificaciones técnicas, para producir de la forma más optimizada posible lechones, cerdos de recría y cerdos de cebo, atendiendo a criterios de bienestar animal, prevención de riesgos laborales, protección del medio ambiente y seguridad alimentaria.
Ejecutar el proceso de producción y manejo del ganado porcino de forma intensiva, conforme la normativa vigente y especificaciones técnicas, para producir de la forma más optimizada posible lechones, cerdos de recría y cerdos de cebo, atendiendo a criterios de bienestar animal, prevención de riesgos laborales, protección del medio ambiente y seguridad alimentaria.
Manejar el ganado equino y realizar los cuidados al mismo, así como utilizar y mantener las instalaciones, maquinaria y equipos, para lograr un óptimo estado general de los animales y un ambiente adecuado en los lugares de ubicación de los mismos, atendiendo a criterios de prevención de riesgos laborales, bienestar animal y protección del medio ambiente.
Realizar las operaciones de producción de ungulados, aves y lagomorfos con fines cinegéticos, montando y manteniendo las instalaciones, maquinaria y equipos de la explotación, procurando no ocasionar estrés y/o daño a los animales, bajo criterios de calidad y respetando la normativa vigente, incluida la medioambiental y de prevención de riesgos laborales.
Entorno Profesional
Ámbito Profesional:
Ocupaciones y puestos relevantes:
Cuidador de animales en reservas naturales. Trabajador cualificado de explotaciones cinegéticas. Trabajador cualificado en actividades ganaderas. Trabajador de producción de animales cinegéticos. Trabajador de producciones cinegéticas en aulas de la naturaleza, granjas escuela, zoológicos u otras instalaciones que alberguen y críen especies cinegéticas. Trabajador de producciones cinegéticas en instituciones de investigación y experimentación que alberguen especies cinegéticas.
Requisitos necesarios para el ejercicio:
Observaciones Generales
Referencia Legislativa:
- Real Decreto 627/2013, de 2 de agosto, por el que se establecen siete certificados de profesionalidad de la familia profesional Agraria que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad y se actualizan los certificados de profesionalidad establecidos como anexos II, III y IV del Real Decreto 1211/2009, de 17 de julio modificado por el Real Decreto 682/2011, de 13 de mayo y como anexos V y VI del Real Decreto 682/2011, de 13 de mayo (BOE 19-09-2013).
Observaciones generales acerca de los espacios formativos:
No debe interpretarse que los diversos espacios formativos identificados deban diferenciarse necesariamente mediante cerramientos.
Las instalaciones y equipamientos deberán cumplir con la normativa industrial e higiénico sanitaria correspondiente y responderán a medidas de accesibilidad universal y seguridad de los participantes.
El número de unidades que se deben disponer de los utensilios, máquinas y herramientas que se especifican en el equipamiento de los espacios formativos, será el suficiente para un mínimo de 15 alumnos y deberá incrementarse, en su caso, para atender a número superior.
En el caso de que la formación se dirija a personas con discapacidad se realizarán las adaptaciones y los ajustes razonables para asegurar su participación en condiciones de igualdad.
Observaciones: