En esta página informativa te facilitamos toda la información que necesitas para validar tu título extranjero en España. La homologación de títulos extranjeros de educación en España está supeditada al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y permite el acceso a una profesión regulada en las mismas condiciones de los poseedores de los títulos españoles que habiliten para tal ejercicio.
Procedimiento Oficial para solicitar la equivalencia o validación de título
El procedimiento oficial para solicitar la validación de títulos de educación superior expedidos por instituciones extranjeras como Universidad e-campus, a títulos oficiales universitarios españoles de Grado o Máster, se deben seguir los siguientes pasos:
1. Tasas
Pago en España: Desde el 1 de enero de 2003 es necesario el abono de una tasa (la tasa 079) por homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros, de acuerdo con el artículo 28 de la Ley 53/2002. El abono se realiza mediante el impreso Modelo 790.
Este impreso se presenta en cualquier Banco o Caja de ahorros de las entidades colaboradoras con el Ministerio. El impreso consta de 3 páginas, la página número 3, quedará en la entidad bancaria, mientras que las páginas número 1 y 2 son las que se presentarán junto con la solicitud de validación o equivalencia (a la que puedes acceder en el siguiente apartado).
Pago en el extranjero: El ingreso se realiza mediante transferencia al número de cuenta ES27 9000 0001 2002 5310 8018 del Banco de España, con domicilio en Calle de Alcalá, 48, 28014 Madrid (España). Toda esta información, está reflejada en el Portal del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Te recomendamos, visitar el mismo para más información y seguridad.
2. Documentación
Junto con lo anterior, hay que completar y presentar la Solicitud de validación o equivalencia. Lo tienes disponible en el siguiente
formulario.
Esta solicitud debe ir acompañada de la siguiente documentación personal:
- Copia compulsada del documento que acredite la identidad y nacionalidad del solicitante, expedido por las autoridades competentes del país de origen o de procedencia o por las autoridades españolas competentes en materia de extranjería. En el caso de los ciudadanos españoles, fotocopia compulsada del documento nacional de identidad o autorización para verificar los datos de identidad que obran en poder de la Administración.
- Copia compulsada del título cuya homologación se solicita o de la certificación acreditativa de su expedición.
- Copia compulsada de la certificación académica de los estudios realizados para la obtención del título, en la que consten, entre otros extremos, la duración oficial en años académicos del plan de estudios seguido, las asignaturas cursadas y la carga horaria total de cada una de ellas expresada en horas o en créditos ECTS (europeos) y, en su caso, de la correspondiente traducción oficial.
¿Debes traducir los documentos si no están escritos en castellano? Sí, pero debe de ser una traducción oficial al castellano. Por ello, puede hacerse:
- Por traductor jurado, debidamente autorizado o inscrito en España.
- Por cualquier representación diplomática o consular de España en el extranjero.
- Por la representación diplomática o consular en España del país del que es ciudadano el solicitante o, en su caso, del de procedencia del documento.
- Por un traductor oficial en el extranjero y debidamente legalizada la firma de dicho traductor oficial.
3. Presentación de Solicitud
Como último paso para validar la titulación de título extranjero en España, se debe entregar la documentación anteriormente indicada en cualquier registro público de la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas y algunas de las Administraciones Locales. que hayan suscrito convenios que les permitan actuar como Registro Público (tales como Ayuntamientos). Puedes consultar las oficinas de registro aquí.
¿Cómo y cuándo termina el procedimiento? Básicamente se tiene que comprobar que el solicitante cumple con todos los requisitos. Después, en los plazos normales de la administración, dicha persona podrá ir a recoger un documento o credencial que indicará que la convalidación u homologación concedida.
*Para cursar un programa de Doctorado es necesario haber cursado 300 ECTS*