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Ámbito Profesional:
Ocupaciones y puestos relevantes:
Artesano del cuero, en general (excepto calzado). Guarnicionero. Marroquinero artesanal. Operador de máquinas de coser piel y cuero (marroquinería y Guantería). Operador de máquinas para cortar pieles y cueros adobados (excepto peletería, vestir y calzado). Operador de máquinas para fabricar monturas, collares y arneses. Talabartero.
Requisitos necesarios para el ejercicio:
Referencia Legislativa:
- Real Decreto 1538/2011, de 31 de octubre, por el que se establecen tres certificados de profesionalidad de la familia profesional Textil, confección y piel que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad.(10-12-2011).
Observaciones generales acerca de los espacios formativos:
No debe interpretarse que los diversos espacios formativos identificados deban diferenciarse necesariamente mediante cerramientos.
Las instalaciones y equipamientos deberán cumplir con la normativa industrial e higiénico sanitaria correspondiente y responderán a medidas de accesibilidad universal y seguridad de los participantes.
El número de unidades que se deben disponer de los utensilios, máquinas y herramientas que se especifican en el equipamiento de los espacios formativos, será el suficiente para un mínimo de 15 alumnos y deberá incrementarse, en su caso, para atender a número superior.
En el caso de que la formación se dirija a personas con discapacidad se realizarán las adaptaciones y los ajustes razonables para asegurar su participación en condiciones de igualdad.
Observaciones:
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